Micelio
Auto16 de mayo de 2018

A- de 2018

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se levanta la suspensión de términos en el proceso identificado con el número de expediente D-12249, correspondiente a la demanda formulada contra el artículo 12 (parcial) de la Ley 1797 de 2016, por la cual se dictan disposiciones que regulan la operación del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

Se dispone que, ejecutoriada esta decisión se contabilicen nuevamente los términos procesales a partir de la etapa en que se encontraban al momento de la suspensión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos en el proceso de la referencia, identificado con el número de expediente D-12249 y correspondiente a la demanda formulada contra el artículo 12 (parcial) de la Ley 1797 de 2016, "por la cual se dictan disposiciones que regulan la operación del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones". En consecuencia, ejecutoriada esta decisión se contabilizarán nuevamente los términos procesales, a partir del momento en que se encontraban al momento de la suspensión.
  2. SEGUNDO. ORDENAR que la Secretaría General de la Corte notifique el presente proveído en el estado de esa dependencia y que, del mismo modo, se ponga en conocimiento de la ciudadanía en la página Web de la Corte. Igualmente, COMUNICAR el contenido de esta decisión al Presidente de la República, al Presidente del Congreso y al Procurador General de la Nación.
  3. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.